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Cuba por el camino de la nueva Ley de Migración

Cuando el  lunes 14 entrò en vigor el Decreto Ley 302  del Consejo de Ministros, miles de cubanos vieron cómo era posible la realización de un sueño, que para no pocos nunca llegó. Comenzó a aplicarse nuevas normas que  flexibilizan la migración cubana.

 En realidad ese es un derecho que no debió estar ausente en los cubanos y en verdad nunca lo estuvo, pero eran tantas las restricciones y las exigencias que lo hacían casi imposible.

 Otra es la verdad, que ese derecho solo quedará disponible, como en cualquier parte de este mundo, para el que tenga financiamiento y autorizo de entrada, visa, en la nación escogida.

 Solo se quería, se aspiraba, se soñaba con  ese derecho.  ¿Quién habla  ahora  de  las prohibiciones que desde los años 90 se establecieron para los nacionales  en el disfrute  de los hoteles? Nadie.    Como en cualquier parte del mundo, van, los que tienen dinero. Y puedo afirmar que el turismo nacional a esas instalaciones, incluso de las mejores, es ya uno de los principales emisores, aunque esto no nos puede llevar a engaños, no es la mayoría.

 Situación similar se facilitó con la adquisición de computadoras y celulares, de eso nadie comenta. Solo queda como asignatura pendiente, y quizás para largo, la apertura en el acceso libre de la población, desde sus casas,  al Internet, limitante que no solo está impuesta por el  bloqueo yanqui.

 En todas las oficinas del Carné de Identidad en cada municipio y en la de  Inmigración y Extranjería se puede solicitar  pasaporte corriente solo presentando el documento oficial de identificación personal, mientras en el caso  de los menores de 18 años o incapacitados se requiere mostrar  la Tarjeta de Menor acompañada de la autorización ante notario público de sus padres o representantes legales.

Este pasaporte corriente es válido por 2  años, con la posibilidad de extenderlo por igual término hasta un total de seis  lo que se puede realizar en las Oficinas de Trámites del Ministerio del Interior  en el territorio nacional, en embajadas o consulados cubanos en el exterior. 

Entre  las limitantes para solicitar un pasaporte corriente se encuentran el estar sujeto a proceso penal, el cumplimiento del servicio militar,  tener obligaciones con el Estado o alguna responsabilidad civil o carecer de la autorización requerida en función de proteger la fuerza de trabajo altamente calificada o la información oficial. Algo muy justo, si se considera que Cuba no deja de ser un país pobre pero con  un potencial desarrollo  de sus recursos humanos de alta demanda y más por parte del Gobierno de los Estados Unidos que en toda la historia de la Revolución ha estimulado la deserción de técnicos y profesionales.

 Otras  ventajas de este Decreto Ley  es que queda sin efecto  la “confiscación a favor del Estado cubano de los bienes, derechos y  acciones de los que se ausentan definitivamente del territorio nacional”,  solo se considera emigrado si supera la estancia  en el exterior  por un término superior a los 24 meses sin autorización alguna,    los cubanos en condición de emigrados  pueden permanecer en el país hasta por 90 días y los que tienen residencia en el exterior  pueden llegar hasta 180 días.  De igual forma se  elimina la carta de invitación para “viajar al exterior  por  asuntos personales”.                                 

 También los emigrados que deseen alcanzar residencia en el país lo solicitan ante las representaciones diplomáticas cubanas o en las Oficinas de Trámites del Ministerio del Interior y en un lapso de 90 días la Dirección de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior les dará respuesta mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Un gran paso de avance, contra todo pronóstico, es que se flexibilizó la salida al exterior de los profesionales de la salud y de los militantes del Partido Comunista.

Recordemos que  el General de Ejército Raúl Castro Ruz, Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, en el VIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el 23 de diciembre del 2011, confirmó que ante reclamos de una “urgente aplicación de una nueva política migratoria” no puede olvidarse  “las circunstancias excepcionales en que vive Cuba bajo el cerco que entraña la política injerencista y subversiva del gobierno de los Estados Unidos, siempre a la caza de cualquier oportunidad para conseguir sus conocidos propósitos”.

Alertaba, además, que se trabajaba en “instrumentar la actualización de la política migratoria vigente y que se avanzaba en la reformulación y elaboración de normativas reguladoras, en correspondencia con las condiciones del presente y el futuro previsible”,  sin “dejar de valorar en toda su integralidad los efectos favorables y desfavorables de cada paso que demos”.

En  el sustento de esos principios nace esta nueva ley migratoria cuando históricamente el Gobierno de los Estados Unidos desde los inicios d e la Revolución estimuló la emigración desordenada y dio cabida a criminales prófugos de la justicia cubana, instituyendo incluso la cruel Ley de Ajuste Cubano.

En el sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba se  expone: “La Ley de Ajuste Cubano, engendro legislativo adoptado en 1966, con el deliberado propósito de incentivar las salidas ilegales de ciudadanos cubanos hacia ese país. Única de este tipo en el mundo, ofrece a los cubanos que llegan a los Estados Unidos por vías ilegales privilegios que no reciben ciudadanos de ninguna otra nacionalidad ni país.

La incongruente y arbitraria política migratoria aplicada por los Estados Unidos contra Cuba ha provocado, desde 1965, tres grandes : Camarioca, 1965; Mariel, en 1980, y la denominada “crisis de los balseros”, en 1994.”

Esto demuestra que pese a los esfuerzos del Gobierno cubano por normalizar la emigración entre ambos países, siempre ha estimulado  las salidas ilegales para presionar, e incluso hoy desarrolla toda una campaña de deserción de profesionales cubanos, fundamentalmente de médicos en misión solidaria e internacionalista.

 Fuente:

http://www.cubaminrex.cu/Enfoques/lac_acerca%20de%20esta%20ley_tc.htm

http://www.fiu.edu/orgs/ipor/cubapoll/index.html

http://secretoscuba.cultureforum.net/area-general-f17/curiosos-datos-sobre-los-cubanos-en-usa-t9343.htm

http://www.elnuevoherald.com/2012/05/02/1192825/emigrados-piden-los-mismos-derechos.html

http://www.cubadebate.cu/opinion/2012/04/26/sobre-la-evolucion-de-la-politica-de-cuba-con-su-emigracion/

http://www.cubadebate.cu/noticias/2012/04/16/ny-times-y-washington-post-estados-unidos-esta-a-la-defensiva-en-el-tema-cuba/

http://sala.clacso.org.ar/gsdl/cgi-bin/library?e=d-000-00---0cemi--00-0-0--0prompt-10---4------0-0l--1-es-Zz-1---20-about---00031-001-0-0utfZz-8-00&cl=CL1.1&d=HASHe1f26dbb8deb2c1f29b863&gc=1

 

 

 

 

 

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